La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Nicolás López y en sentencia de reemplazo condenó al cineasta a dos penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual.
Cabe señalar, que los delitos que condenó el tribunal fueron perpetrados en la ciudad de Santiago, entre noviembre y diciembre de 2015, y fines de noviembre de 2016, respectivamente.
En la sentencia se estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, al aplicar en la especie una modificación legal que no se encontraba vigente a la época de comisión de los delitos.
El fallo descartó las restantes causales de nulidad; es decir, infracción al aplicar la perspectiva de género para condenar, infracción a la valoración de la prueba realizada por el tribunal, falta de fundamentación del tribunal en la decisión condenatoria y error al no considerar la atenuante de colaboración sustancial con la investigación.
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