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Corte de Apelaciones de Talca ordenó suspender el embargo a deudor del CAE tras presentación de recurso de protección

El afectado sostiene que la medida de embargo resulta desproporcionada y amenaza su estabilidad económica y la de su grupo familiar, además de señalar que habría una eventual vulneración de garantías constitucionales.

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  • Diario Usach

  • Martes 14 de abril de 2026 - 12:55

La Corte de Apelaciones de Talca declaró admisible un recurso de protección presentado en contra de la Tesorería General de la República y ordenó la suspensión de un embargo vinculado a una deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE).

De esta manera, la justicia admitió a tramitación acción judicial y decretó la orden de no innovar, por lo que se suspende el cobro de la Tesorería hasta que haya un pronunciamiento de fondo.

Según informó CNN, la acción fue interpuesta por un deudor domiciliado en Curicó, quien en el recurso aseguró que percibe un ingreso líquido mensual de $1.600.000, del cual ya destina más de la mitad a obligaciones como pensión de alimentos y dividendo habitacional, además de mantener a dos hijos como carga familiar.

El afectado sostiene que la medida de embargo resulta desproporcionada y amenaza su estabilidad económica y la de su grupo familiar, además de señalar que habría una eventual vulneración de garantías constitucionales.

Además, la Corte de Apelaciones de Talca pidió a la Tesorería elaborar un informe en un plazo de ocho días, remitiendo todos los antecedentes disponibles sobre el proceso de cobro. Cabe señalar que esta orden de no innovar solo tiene efecto para la persona que presentó el recurso.

CONTRALORÍA DICTAMINA QUE TESORERÍA PUEDA COBRAR DEUDAS DEL CAE

La noticia llega un día después de que Contraloría General de la República (CGR) se pronunciaria, mediante un dictamen, sobre la petición del exdiputado Miguel Mellado.

El exlegislador solicitó que se determinara la “obligación del Fisco de cobrar aquellos créditos con aval del Estado (CAE) cuya garantía ha sido ejecutada y que se encuentran en poder de aquel”, además de requerir una auditoría.

El dictamen, emitido el 7 de abril, establece que “la Tesorería General de la República es el órgano obligado a ejercer las acciones de cobranza de los créditos con aval del Estado (CAE) a que se refiere la Ley N° 20.027”, de acuerdo con lo informado por La Tercera.

El documento aclaró que “los créditos respecto de los cuales ha operado la garantía estatal y aquellos que han sido adquiridos o comprados por el Fisco, la Tesorería es la entidad encargada de su cobro, sin perjuicio de que para ese fin pueda celebrar mandatos o convenios de administración con las entidades financieras respectivas”.

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