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Corte ordena entrega de información sobre audiencias de la Presidencia

De esta manera, la justicia respaldó la decisión del Consejo para la Transparencia y ordenó que Presidencia informe las solicitudes de audiencias recibidas, concedidas y denegadas por el Mandatario.

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  • Diario Usach

  • Jueves 14 de marzo de 2024 - 10:59

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la entrega de información sobre las audiencias otorgadas por el Presidente Gabriel Boric a particulares. De esta manera, la justicia respaldó la decisión del Consejo para la Transparencia y ordenó que Presidencia informe las solicitudes de audiencias recibidas, concedidas y denegadas por el Mandatario.

El fallo establece que la información debe ser entregada por La Moneda, ya que "se solicitan las actuaciones o actividades propias de la función pública que realizó el Presidente de la República".

Según consignó El Mercurio, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó un reclamo de ilegalidad frente a una resolución del Consejo para la Transparencia (CPLT) que solicitaba esta información.

Este reclamo fue rechazado de manera unánime por el tribunal de alzada argumentando que las funciones que ejerce el Presidente de la República son públicas y tienen interés social, lo que justifica su acceso.

El caso comenzó el 20 de septiembre de 2022 cuando Gabriela Padilla, de la Fundación América Transparente, realizó una solicitud a Presidencia. En esa ocasión, pidió que le entregaran un excel con el detalle de todas las audiencias solicitadas al Presidente Gabriel Boric desde el 11 de marzo de 2022.

El Consejo solo señaló que se debía omitir el motivo de las audiencias cuando sean temas que afecten la seguridad o interés del país, así como el nombre de los participantes cuando fueran asuntos de carácter personal o privado.

Presidencia presentó un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago para no entregar los antecedentes.

El fallo plantea que resultaría "contrario al carácter democrático del Estado de Derecho y de sujeción de los órganos del Estado a la Carta Fundamental que la misma contempla”.

Es así como, el tribunal menciona que existe “un interés social que justifica el acceso a la información", y que “de una interpretación armónica" de las normas se desprende que “el principio de transparencia y publicidad es la norma general para los organismos públicos, y la negativa a entregar información solo debe sustentarse en causales legales o constitucionales que en la especie no concurren".

La Corte recordó que mediante la Resolución Exenta N' 978 de 2018 de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República se formalizó una estructura y definió funciones. En marzo de 2022 fue modificada creando el Departamento de Gestión Ciudadana, que tiene como fin recibir la correspondencia dirigida al Presidente “debiendo clasificarla, responderla o derivada. Entre otras funciones, tiene a cargo la gestión de audiencias solicitadas a la máxima autoridad del país".

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