La Corte Suprema ratificó la condena a Miguel Krassnoff, exagente de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de homicidio calificado del secretario general del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Miguel Enríquez Espinoza, el 5 de octubre de 1974, en la comuna de San Miguel.
La Sala Penal del máximo tribunal del país rechazó los recursos de casación en el fondo interpuestos en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones De Santiago que había ratificado el fallo de primera instancia del juez Mario Carroza.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Gonzalo Ruz y Ricardo Abuauad– ratificó la sentencia que condenó a Miguel Krassnoff a 10 años y un día de presidio, en calidad de autor de delito. En tanto, los agentes Teresa Osorio Navarro y Rodolfo Concha Rodríguez deberán cumplir 5 años y un día de presidio, como coautores del delito.
En la sentencia, la Sala Penal descartó error de derecho en la participación acreditada de Krassnoff Martchenko en los hechos sancionados.
“Que, asentado lo anterior, primero conviene precisar, si bien el libelo indica los numerales que considera han sido conculcados, de la lectura del recurso no se demuestra su imputación, pues únicamente cita la disposición para plantear una discrepancia en torno a la valoración que el fallo confiere a los elementos de convicción reunidos y relacionados en la sentencia conforme a los cuales se estimó acreditada la intervención de Krassnoff Martchenko en los hechos, discordando de sus conclusiones, cuestión ajena a este recurso de naturaleza sustantiva”, platea el fallo.
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