Click acá para ir directamente al contenido

Actualidad

Corte Suprema ordenó tomar medidas por incivilidades y delitos en Barrio Yungay

El recurso fue presentado debido al alto número de personas en situación de calle instaladas en el parque Portales, lo cual ha afectado la salubridad y seguridad pública.

  • Comparte
  • Disminuir tamaño de letra
  • Aumentar tamaño de letra
  • Agencias

  • Miércoles 31 de enero de 2024 - 08:18

La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por vecinos del Barrio Yungay de la comuna de Santiago, donde tiene residencia el Presidente Gabriel Boric, y ordenó a la municipalidad y Delegación Regional Metropolitana adoptar medidas contra las incivilidades y delitos en el sector.

El recurso fue presentado por la Comunidad Condominio Agustinas 3160, debido a que -según alegaron- no se están respetando sus garantías constitucionales, debido al alto número de personas en situación de calle instaladas en el parque Portales, lo cual ha afectado la salubridad y seguridad pública.

Tras acoger el recurso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país falló que “corresponde tanto a las municipalidades como a las Delegaciones, regionales y provinciales, el velar por la pronta y eficiente solución del problema que aqueja a los recurrentes, en tanto la municipalidad tiene la calidad de administradora de los bienes nacionales de uso público de su comuna, y el deber de mantener el ornato y especialmente el aseo de la misma".

"Por su parte, las Delegaciones Presidenciales, Regionales y Provinciales se encuentran expresamente mandatadas por la ley a mantener la seguridad y el orden público en su territorio de competencia y de sus habitantes”, añadió la resolución.

El fallo agregó que “ninguna de las instituciones informantes puede desconocer la responsabilidad que les cabe en esta problemática social, pues aún existiendo varias instituciones y autoridades llamadas a su resolución, es su deber, en tanto órganos del Estado, actuar mancomunadamente para otorgar las soluciones que los habitantes de la República requieren, en virtud de encontrarse al servicio de la persona humana”.

“Ante la ausencia de acciones concretas de la autoridad política y administrativa, (...) hace menester adoptar medidas por la presente vía que protejan las garantías constitucionales que se han visto amagadas por la situación en estudio, sin pretender, en ningún caso, reemplazar o actuar de sustituto de las diversas acciones civiles y penales que procedan”, enfatizó la resolución.

Finalmente, dispuso que la Municipalidad de Santiago y la Delegación Presidencial deberán adoptar, en un breve plazo y previa coordinación, “un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas que han visto amagados sus derechos en los términos expresados en este fallo, con miras a evitar el acaecimiento de este tipo de sucesos en su contra en lo sucesivo, otorgando una solución al problema planteado en autos”.

Leer también