La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica, que rechazó el recurso de protección deducido en contra de la implementación del Pase de Movilidad, que impone restricciones a quienes no estén vacunados o no hayan completado el proceso de inoculación en contra del coronavirus.
En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal desestimó actuar arbitrario de la autoridad sanitaria, quien la accionó dentro de sus facultades legales, basadas en evidencia científica y en resguardo de la salud de la población.
El fallo establece que la “implementación del Plan nacional de vacunación 2021 COVID-19, #yomevacuno, tiene como objetivo general preservar la integridad de los servicios asistenciales, las funciones críticas que permiten mantener la infraestructura del país; y prevenir mortalidad y morbilidad en subgrupos de la población, definidos por las condiciones biomédicas asociadas a mayor riesgo de muerte y complicaciones causadas o secundarias a infección por COVID-19”.
También se sostiene que “el Pase de Movilidad se basa en los antecedentes técnicos y estadísticos que han permitido comprobar que la vacuna es efectiva para prevenir los casos graves y la muerte por COVID-19”.
En la misma línea, la Sala Constitucional de la Corte Suprema determinó que “las restricciones que deben soportar los recurrentes por no vacunarse no resultan desproporcionadas ni poco razonables, ya que los derechos sanitarios colectivos deben privilegiarse por sobre el interés individual de los actores
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