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Gobierno presenta proyecto para conciliar vida laboral, personal y familiar

La iniciativa incorpora el derecho a jornadas de trabajo híbridas -presencial y teletrabajo- para personas que realicen labores de cuidado a menores de doce años, y a personas con dependencia severa o moderada.

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  • Diario Usach

  • Martes 18 de julio de 2023 - 09:53

Una mejor calidad de vida. Eso es lo que busca el Gobierno al ingresar la tramitación legislativa del proyecto de ley de conciliación de la vida laboral, familiar y personal. La iniciativa, que será ingresada a través del Senado, incluye permitir el teletrabajo y el trabajo híbrido con seguridad laboral.

El proyecto incorpora el derecho a jornadas de trabajo híbridas -presencial y telemática- para personas que realicen labores de cuidado a menores de doce años, y a personas con dependencia severa o moderada.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, señaló que "este proyecto de ley que se ingresa al Congreso Nacional para su rápida discusión, lo que busca es poder permitir el teletrabajo y el trabajo híbrido con seguridad laboral, desde los espacios que están muchas veces ubicados en las mismas casas de las trabajadoras, pero que hoy día va a tener, además, una supervigilancia por parte de las instituciones fiscalizadoras, a fin de disminuir los riesgos psicolaborales, particularmente, y de proveerle los insumos que requieran para el ejercicio de su labor”.

En tanto, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, manifestó que "queremos agradecer al Ministerio del Trabajo, por su gran tarea en poder conectar esos distintos puntos de vista, los de las madres, los de los empleadores, los de las organizaciones de trabajadores, los de la OIT, que nos ha apoyado en todo este proceso".

Agregó que "estamos muy expectantes de que esta misma transversalidad vista en la preparación de este proyecto de ley pueda verse también con una rápida tramitación en el Congreso, porque las mujeres, las familias y los trabajadores y trabajadoras de Chile así lo esperan".

Cómo es el proyecto

El proyecto de ley incorpora el derecho a jornadas híbridas para las y los trabajadores que desempeñan labores de cuidado con los siguientes requisitos:

- Quienes tienen el cuidado personal de un niño o niña menor de doce años.
- Quienes tengan a su cargo el cuidado de una persona en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida.
- Las personas que realicen las labores de cuidado descritos en los requisitos anteriormente señalados no deben percibir remuneraciones.

Acreditación de labores de cuidado
El proyecto establece las modalidades de acreditación de las labores de cuidado para menores de 12 años o personas con dependencia severa o moderada.

- Cuidado personal de un niño o niña menor de doce años: Mediante certificado de nacimiento que acredite la filiación respecto de un niño o niña o bien la resolución judicial de un tribunal que otorga el cuidado personal.
- Cuidado de una persona en situación de dependencia severa o moderada: Documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, según la información contenida en el Registro Social de Hogares, o el instrumento que lo reemplace, que dé cuenta de la calidad de cuidador o cuidadora principal.

Derecho a jornada híbrida
El proyecto incorpora el derecho a jornada híbrida establecido para las y los trabajadores mencionados anteriormente, que permite que todo o parte de la jornada diaria o semanal pueda ser desarrollada bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, cuando la naturaleza de sus funciones lo permita.

Si la relación laboral se encuentra vigente, la o el trabajador deberá presentar por escrito algún medio de acreditación en relación a los casos que procede, debiendo el empleador dar respuesta fundada dentro del plazo de 30 días. Si no acepta la combinación propuesta, está obligado a presentar otra alternativa al trabajador. Si existe incumplimiento o negativa del empleador, se podrá reclamar ante la Inspección del Trabajo.

En el caso de la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, las partes pueden distribuir libremente el tiempo de trabajo en los horarios que mejor se adapten a las necesidades de la persona trabajadora, respetando los límites de jornada diaria, semanal y el respectivo derecho a la desconexión.

Además, el empleador debe identificar y evaluar las condiciones ambientales y ergonómicas de trabajo según las características del puesto y del lugar, los equipos, herramientas y materiales que se requieran para desarrollar la modalidad y evaluar especialmente los riesgos psicosociales, (como por ejemplo el estrés laboral) que pudieran afectar a las o los trabajadores.

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