La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la Municipalidad de Ñuñoa a pagar la suma de $120.000.000 por concepto de daño moral y $58.981.896 por gastos médicos, a víctima de atropello registrado en la calzada de la calle Francisco de Villagra, por donde se vio obligada a desplazarse al no contar la vereda con rampla o rebaje para sillas de ruedas.
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Miguel Vázquez, Alejandro Madrid y la abogada (i) Cecilia Latorre– confirmó la responsabilidad del municipio por la falta de servicio en la adecuación y mantención de los espacios de uso público para quienes presentan movilidad disminuida; y ordenó, además, el pago de la suma de $6.980.000 por la reposición de la silla de ruedas eléctrica que utilizaba el demandante.
“Se desprende que el diseño de la vereda peatonal, no permitía ni aún con la reparación efectuada con posterioridad al accidente del actor, asegurar que esta pudiera servir de manera adecuada para el desplazamiento de una silla de ruedas, y en particular, una de las características de las que el actor poseía al momento del accidente, razón por la cual sí es posible concluir que en la especie existió una falta de servicio, máxime considerando que el Estado ya había adquirido un compromiso a raíz de la ratificación de la Convención aludida con anterioridad”, sostiene el fallo.
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