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Ofician al Servel por mayores de 100 años habilitados en plebiscito 2022

El presidente del Consejo para la Transparencia, Francisco Leturia, indicó que “es importante que tengamos un sistema electoral público y transparente, y también ser capaces de dar certeza de que contamos con un registro vigente”

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  • Diario Usach

  • Viernes 31 de marzo de 2023 - 21:00

El Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenó al Servicio Electoral (Servel) informar sobre las personas de más de 100 años que estuvieron habilitadas para votar en el plebiscito constitucional del 4 de septiembre de 2022 de más de 100 años, donde el Rechazo se impuso al Apruebo.

La entidad acogió un recurso de amparo donde el reclamante había solicitado conocer el género, año y mes de nacimiento y comuna de residencia de las personas centenarias registradas en el padrón electoral.

Cabe señalar que el Servicio Electoral había alegado que el mes de nacimiento de los votantes no es un dato que esté contenido en el padrón, por lo que entregó información sobre los votantes habilitados para el plebiscito mayores de 90 años.

Ante ello, la parte solicitante se sometió a un Sistema Anticipado de Resolución de Controversias (SARC) del CPLT, donde acusó que los números entregados son globales y no se informa la edad específica de los votantes que requirió.

El Servel acusó que "la información requerida excede el contenido del Padrón Electoral Definitivo nacional que el Servicio se encuentra obligado a elaborar, el que no contiene los datos relativos a la edad, el mes y año de nacimiento de los electores, yendo el requerimiento más allá del contenido de los datos que se deben publicar respecto del Padrón y de los cuales se encuentra legalmente habilitado por el artículo 34, inciso final, de la Ley 18.556, ya que la reclamante solicita sexo, año, mes de nacimiento y domicilio electoral de los electorales".

"No existe disposición legal o constitucional que establezca el deber del Servel de elaborar, construir y/o publicar un documento con cada uno de los datos requeridos a la solicitud, ya sea con o sin los nombres de los electores”, añadió.

Sin embargo, la reserva fue desestimada por el CPLT, que advirtió que el Servicio no acreditó que la elaboración de los datos le genere un costo excesivo o no previsto, y “no especificó ni detalló de qué manera la entrega de los antecedentes requeridos podría generar la afectación enunciada, o la forma en que se vería perjudicado el privilegio deliberativo de la autoridad respectiva”.

El presidente del Consejo, Francisco Leturia, acusó que “es importante que tengamos un sistema electoral público y transparente, y también ser capaces de dar certeza de que contamos con un registro vigente. Ya se avanzó en una reforma a la ley electoral en el 2021, eliminando, luego de ciertos procesos de verificación, a personas mayores de 90 años que no contaban con su documento de identidad vigente en los últimos once años por diversas razones y que no hubiesen votado en las últimas elecciones. Es clave dar certeza jurídica a este registro, en particular después de la pandemia, que ha dificultado la renovación de documentos”.

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