Este miércoles, los diputados republicanos, Cristóbal Urruticoechea y Harry Jürgensen, presentaron ante la Comisión de Salud de la Cámara, un proyecto que busca derogar el aborto en dos de su tres causales anteriormente legalizadas.
Los parlamentarios ingresaron el día de ayer la iniciativa, con el objetivo de revertir la ley del aborto en tres causales - riesgo vital de la madre, inviabilidad del feto, o que la embarazada haya sido víctima de violación- promulgado durante el gobierno de la expresidenta Michelle Bachelet; y además, aumentar las sanciones a quienes cometan o faciliten abortos y a quienes promuevan estos servicios.
Específicamente, los republicanos señalan que el aborto "constituye una forma de homicidio, toda vez que implica la eliminación de un ser humano débil y por definición inocente todavía en el vientre de su madre a la que se haya confiado".
Y que "los legisladores tenemos una responsabilidad y compromiso con la dignidad humana y con el futuro del país, responsabilidad que supera con creces la estrategia de instituciones internacionales, fundaciones y asociaciones que luchan sistemáticamente por la legalización y la difusión del aborto en el mundo".
"No alterna en manera alguna las eximentes de responsabilidad contempladas en el artículo 10º del Código Penal respecto a la mujer que no ha causado su propio aborto o el profesional que, por ejemplo, actúa para evitar un mal mayor sobre la vida de la madre o en cumplimiento de un estándar profesional", aclaran.
De esta manera, y de aprobarse el proyecto, las tres causales impulsadas por la expresidenta Bachelet pasarían a ser delito, aun cuando el aborto se realice por inviabilidad del feto o que la persona embarazada haya sido víctima de una violación.
En detalle el proyecto busca reemplazar el artículo 344 del Código Penal por el siguiente: “La mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio mayor en su grado mínimo".
Además, buscar cambiar el artículo 345, por el texto: “El facultativo que, abusando de su oficio, causare el aborto o cooperare a él, incurrirá respectivamente en las penas señaladas en el art. 342, aumentadas en un grado e inhabilitación absoluta especial perpetua para el ejercicio de la profesión”.
Y añade un nuevo artículo 345 bis al Código Penal, que afirma que "con presidio menor en su grado máximo será sancionado el que, por cualquier medio, difunda o promocione servicios de abortorios, cualquiera sea su denominación, o de productos o servicios que sirvan de medio para la comisión del delito de aborto”.
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