La denominada "Ley Nibaldo", que busca tipificar como delito la mutilación de un cadáver y que sea sancionado de acuerdo con la brutalidad de este tipo de hechos, quedó prácticamente despachada del Congreso, luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad la iniciativa en los mismos términos en que lo hicieron los diputados y diputadas.
Cabe recordar que el proyecto, que cumplía su segundo trámite en el Senado, había sido aprobado en general en marzo recién pasado, fijándose el mes de abril como plazo para presentarle indicaciones. No obstante, transcurrido ese lapso no se presentaron enmiendas, razón por la cual los comités acordaron proponerle a la Sala su aprobación y despacho en los mismos términos en que fue votado en marzo.
De este modo, la iniciativa queda en condiciones de ser remitida a la Cámara de Diputadas y Diputados para que lo remita al Ejecutivo para su firma y promulgación como ley.
Este proyecto, debe su nombre en memoria del profesor de Villa Alemana, Nibaldo Villegas, quien fue asesinado y posteriormente descuartizado.
En lo fundamental, el proyecto incorpora una nueva sanción que dispone la pena de reclusión menor en su grado medio, es decir 541 días a 3 años, el que en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, exhume total o parcialmente sus restos humanos; sustraiga restos humanos de quien los tuviere legítimamente, o manipule restos humanos o cenizas, realizando actos que los afecten considerablemente.
Además, se establece la misma sanción para quien "en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profane su sepultura".
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