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SMA inició sanciones contra AES y ENAP por contaminación en Quintero-Puchuncaví

Uno de los castigos apunta a la alerta ambiental que se decretó en marzo de 2023 debido a los altos índices de dióxido de azufre que emitió el Complejo Termoeléctrico Ventanas.

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  • Diario Usach

  • Martes 25 de abril de 2023 - 16:51

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) anunció dos procesos sancionatorios en contra de AES Andes y la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por incumplimientos al plan de descontaminación en el cordón industrial de Concón, Quintero y Puchuncaví, en la región de Valparaíso.

Según indicó la entidad en un comunicado, el castigo contra AES ANDES apunta al Complejo Termoeléctrico Ventanas y se remonta al 16 de marzo de 2023, cuando la Delegación Presidencial de Valparaíso decretó alerta ambiental por concentración horaria de dióxido de azufre.

"La empresa no logró reducir en un 11% las emisiones generadas por dicho complejo, según lo establecido en su Plan Operacional 2022, evidenciando sólo un máximo de reducción de 7,8%", indicó la superintendencia.

La infracción fue clasificada como grave, por lo que la compañía arriesga hasta una multa de 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $3.743 millones.

En tanto, a ENAP se le formulan tres cargos. Dos de ellos fueron clasificados como leves y refieren a "falta de entrega de información de parámetros en su programa de monitoreo y superar algunos límites máximos en descargas de residuos líquidos".

Sin embargo, el tercer cargo fue considerado como grave y se debe "a que la empresa no disminuyó en un 50% el flujo de descarga nominal de crudo (Crudo Buzios), en el Terminal Monoboya".

El hecho se remonta al 3 de abril de 2023, cuando la delegación presidencial declaró Gestión de Episodios Críticos (GEC) por malas condiciones de ventilación y por el aumento de consultas médicas asociadas a emisiones atmosféricas. La empresa arriesga multas de hasta 7.000 UTA, equivalente a $5.240 millones.

La superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que "con la mayor celeridad revisamos toda la información disponible por los episodios ocurridos en abril para ENAP y en marzo para AES Andes, y verificamos que las empresas no redujeron sus límites como se establece en sus Planes Operacionales. El cumplimiento de estas medidas es crucial, especialmente considerando el impacto que pueden tener en la salud de la población”.

Las dos empresas tienen 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento o con 15 días para formular sus descargos.

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