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Comenzó a regir el derecho a retracto en educación superior

En concreto, las personas tendrán 10 días para ejercer la medida desde la publicación de los resultados de las postulaciones. En el proceso de admisión 2024, el plazo se extenderá hasta el viernes 26 de enero.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 17 de enero de 2024 - 18:49

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y la Superintendencia de Educación Superior (SES) anunciaron que desde este 17 de enero estudiantes de primer año podrán hacer uso del derecho a retracto establecido en la Ley del Consumidor.

Según indicó el Sernac, quienes se beneficiarán son todos aquellos estudiantes de primer año de una carrera de pregrado en una universidad, centro de formación técnica o instituto profesional, quienes ya se hayan matriculado anticipadamente y quieran cambiarse tras conocer los resultados del proceso de postulación centralizada.

En concreto, tendrán 10 días para ejercer el derecho a retracto desde que publican los resultados de las postulaciones. En este proceso de admisión 2024, el plazo se extenderá hasta el viernes 26 de enero.

A quienes ejerzan este derecho, la institución de educación superior deberá devolver el monto pagado por la matricula y la documentación que respalda el pago del año dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno hace uso del derecho de retracto.

Cabe señalar que la casa de estudias solo podrá retener un monto de hasta el 1% del arancel anual de la carrera por costos de administración.

Asimismo, la documentación no podrá ser objeto de una operación de factoring; endosados o dados en garantía; tampoco entregados en comisión de cobranza; ni realizar ninguna otra operación similar.

Para ejercer el derecho a retracto, los estudiantes tendrán que presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución en la que ya se habían matriculado anteriormente junto con una fotografía de su cédula de identidad vigente por ambos lados.

Idealmente, deberán acompañar la solicitud con una carta, donde manifiesten que ejercerán el derecho a retracto. La copia del escrito deberá ser timbrada o firmada por la institución, de manera que quede constancia respecto a la fecha en la que se hizo uso del beneficio.

Desde el Servicio señalan que si al transcurrir 10 días de corrido aún no han recibido la devolución del dinero o confirmación de la anulación del contrato, se podría estar en presencia de una infracción a la Ley del Consumidor.

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