La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto contra la ministra en visita extraordinaria, Romy Rutherford, por parte de Juan Guillermo Soto Campos –en su calidad de testigo en distintas aristas en que se investigan delitos cometidos al interior del Ejército– mediante el cual pretendió que se declararan ilegales y arbitrarias diligencias indagatorias decretadas y efectuadas por la magistrada.
En su calidad de interviniente en los procesos sobre fraudes en el Ejército, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) –representado por la abogada consejera María Inés Horvitz-, se opuso a la acción, sosteniendo que las actuaciones y diligencias de investigación instruidas por Rutherford se ejecutaron con estricto apego a la ley y a las facultades que le confirió la Corte Suprema.
La sentencia acogió los argumentos del CDE y sostuvo que el recurso de protección, dado su carácter cautelar, no constituye la vía idónea para recurrir contra las diligencias impugnadas, por cuanto el recurrente debía haber ejercido los recursos procesales específicos que la ley contempla para ello.
Horvitz señaló al respecto que “se trata de un intento inaceptable de anular actuaciones de la ministra Rutherford que resultan fundamentales para el esclarecimiento de hechos delictivos muy graves y perjudiciales para el Fisco de Chile, perpetrados por altos mandos militares en concierto con particulares”.
“Precisamente, el informe remitido a la Corte de Apelaciones de Santiago por la ministra dejó en evidencia la falta de sustento fáctico y jurídico de estas acciones constitucionales”, agregó la abogada.
La Séptima Sala del tribunal de alzada también rechazó la acción por extemporánea, al haber sido interpuesta el 28 de septiembre pasado, toda vez que el propio recurrente reconoció haber tomado conocimiento oportunamente de la resolución de 28 de julio, que dispuso las diligencias llevadas a cabo en su domicilio al día siguiente.
Cabe recordar que la ministra Rutherford investiga delitos cometidos al interior del Ejército tales como fraude al Fisco, malversación de caudales públicos, cohecho, falsedad en materia de administración militar y falsificación de documentos públicos, entre otros.
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