Más de un millón de contribuyentes que accedieron al Préstamo Solidario durante la pandemia mantienen cuotas impagas por un monto que supera los $553 mil millones, según informó el Servicio de Impuestos Internos (SII).
En total, son 1.073.590 personas que no realizaron su Declaración Anual de Impuestos en al menos una oportunidad entre 2022 y 2026, pese a haber registrado ingresos durante los respectivos periodos tributarios.
A partir de septiembre, estas personas comenzarán a recibir los correspondientes boletines de cobro, documentos que detallarán los montos adeudados y contemplarán los reajustes e intereses establecidos.
El Préstamo Solidario fue implementado por el Estado durante 2020 y 2021 para apoyar económicamente a las personas afectadas por las consecuencias de la pandemia de covid-19. El beneficio contemplaba un esquema de devolución en cuatro cuotas anuales a través de la Operación Renta.
La primera cuota correspondía al 10% del monto total solicitado, mientras que las tres siguientes equivalían al 30% cada una.
Sin embargo, la legislación estableció un límite para el pago anual: cada cuota no podía superar el 5% de los ingresos obtenidos por el contribuyente durante el año correspondiente.
Por ello, el SII aclaró que quienes no registraron ingresos durante alguno de los años en que les correspondía pagar una cuota no deberán asumir ese cobro.
“Si una persona no tuvo ingresos en algunos de los años en que le correspondía pagar una cuota, esta no se cobrará de acuerdo a lo establecido en la ley”, explicó el organismo.
¿QUIÉNES RECIBIRÁN LOS COBROS?
El universo identificado por el SII corresponde a contribuyentes que obtuvieron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021 y que posteriormente omitieron una o más declaraciones de impuestos durante el periodo en que debían efectuar el reintegro.
La obligación de declarar se mantuvo incluso cuando correspondiera pagar una cuota del préstamo. De acuerdo con el organismo, los boletines que comenzarán a enviarse en septiembre incorporarán tanto el monto pendiente como los reajustes e intereses respectivos.
El sistema de devolución también contemplaba mecanismos para facilitar el pago. Tanto trabajadores dependientes como independientes y empresarios individuales debían realizar una retención adicional del 3% mensual, destinada a cubrir las futuras cuotas del beneficio.
En caso de que las retenciones acumuladas superaran el monto de la cuota correspondiente, el excedente podía utilizarse para abonar pagos posteriores o ser solicitado como devolución durante la Operación Renta.
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