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“Son seres sintientes”: Corte rechaza tenencia compartida de gato tras quiebre de sus cuidadores

La justicia concluyó que no existían antecedentes suficientes para acreditar que alternar el cuidado entre los integrantes de la expareja fuera lo mejor para el animal. El fallo plantea que las mascotas no deben ser consideradas simples objetos de propiedad.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 12 de agosto de 2026 - 08:52

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó la demanda que buscaba establecer un régimen de tenencia compartida para un gato adoptado por una pareja que terminó su relación.

En un fallo unánime, el tribunal revocó la resolución del Segundo Juzgado de Letras de Osorno, que había establecido que el felino permaneciera un mes con cada uno de sus cuidadores, de manera alternada. En su lugar, determinó que el animal continúe bajo el cuidado de la mujer a cuyo nombre se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Mascotas.

Uno de los aspectos centrales de la resolución fue el reconocimiento de un cambio en la forma en que el ordenamiento jurídico aborda a los animales domésticos. Según sostuvo la Corte, se ha dejado atrás la concepción que los consideraba únicamente como bienes muebles.

En esa línea, los magistrados señalaron que los animales son seres vivos sintientes, capaces de experimentar dolor, placer y emociones, por lo que requieren un tratamiento distinto al de un objeto sujeto a dominio o propiedad.

A partir de este criterio, el tribunal planteó que la discusión no debía centrarse en determinar quién posee un supuesto derecho de propiedad sobre el gato, sino en establecer qué alternativa permite resguardar de mejor manera su bienestar.

La Corte también consideró los antecedentes presentados durante el proceso, particularmente aquellos que daban cuenta de un ambiente de tensión entre los integrantes de la expareja luego del término de la relación.

En este contexto, los magistrados constataron que el gato actualmente vive con la demandada y que no existían pruebas suficientes para establecer que un régimen de cuidado compartido constituyera la mejor alternativa para el animal.

Además, la resolución indicó que durante el juicio tampoco se logró acreditar cuál de las partes mantenía un vínculo más estrecho con el felino ni quién podía proporcionarle mejores condiciones de cuidado.

Para el tribunal, estos antecedentes evidenciaban que el conflicto estaba marcado principalmente por la disputa entre los antiguos integrantes de la pareja, sin que existieran elementos suficientes para determinar cuál sería el entorno más favorable para el gato.

“Esos elementos de convicción centran la discusión en el interés humano, mas no se advierte ninguna probanza que dé certeza de cuál es el mejor lugar para el gato”, sostuvo la resolución.

De esta manera, la Corte de Apelaciones de Valdivia desestimó la demanda y dejó sin efecto el régimen de cuidado alternado, estableciendo que el felino permanezca con la mujer que actualmente está a cargo de él y figura como responsable en el Registro Nacional de Mascotas.

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