La Tercera Sala de la Corte Suprema habría resuelto, por mayoría, acoger los recursos presentados por afiliados en contra de los reajustes del precio por las Garantías Explícitas en Salud (GES) de las isapres, lo que implicaría que éstas deberán devolver los dineros a los usuarios afectados por el alza.
Si bien el documento oficial no se ha hecho público, La Tercera reveló que, fuentes al tanto de lo fallado por la Tercera Sala, informaron que lo resuelto implica fijar un tope máximo del ajuste que pueden hacer las isapres del precio GES, el cual quedó establecido por la misma Suprema en 7,2 UF anuales.
Se trataría de 15 fallos reunidos en una sola vista, por tratarse de la misma materia, que en concreto resolverían que las isapres pueden cobrar un tope de 7,2 UF anuales, en circunstancias que el último reajuste fue de 1,05 UF mensuales en promedio en octubre pasado, un 48,7% de aumento con respecto al reajuste anterior de 0,7% UF mensuales.
Actualmente todas las isapres tienen un precio mayor. En promedio la industria cobra 12,6 UF anuales.
Según señala el medio, el máximo tribunal habría dado un mandato a la Superintendencia de Salud para que supervise que se cumpla el fallo.
Desde la industria de isapres no se han querido referir al tema, dado que están esperando conocer el fallo de manera oficial.
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