La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó, por 136 votos a favor, el proyecto de ley que regula la actividad apícola. En lo principal, reconoce su importancia para conservar la biodiversidad y mantener el equilibrio ecosistémico.
La ley promueve, protege y fomenta el desarrollo sustentable de la apicultura como actividad silvoagropecuaria. Esto, al regular la producción y extracción de productos apícolas y la comercialización de material biológico de esta índole. Asimismo, norma los servicios de polinización provenientes de toda colmena de abejas en el territorio nacional.
El proyecto se inspira en los principios de sustentabilidad, participación, sanidad y bienestar apícola, gradualidad, fomento a la actividad apícola, factor productivo estratégico e inocuidad alimentaria.
La nueva legislación define, para efectos de esta ley, lo que se entiende por abeja, actividad apícola o apicultura, apiario o colmenar, apicultor, carga apícola, colmena y extracción. También, material biológico apícola y miel (tanto alterada como adulterada, falsificada o contaminada). Otras definiciones abarcan polinización, producto apícola, selección y cría de abejas, servicios de estampado de cera y de polinización, trashumancia y área o zona apícola.
La iniciativa crea dos registros. Su administración estará a cargo del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). El primero, será el Registro Nacional de Apicultores que tendrá carácter público, permanente y nacional. En él, todo apicultor que labore en el país deberá inscribir sus apiarios en las categorías de actividades apícola de producción; polinización; selección y cría y de otro tipo.
El segundo registro es el de Estampadores de Cera. Allí se inscribirá toda persona que realice este tipo de servicios.
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