El Pleno de la Convención Constitucional aprobó una definición de negacionismo dentro del reglamento de ética que regirá la instancia, y rechazó cuatro indicaciones en torno a la temática.
La votación fue de 80 a favor, 59 en contra y 11 abstenciones, definiéndose que “se entenderá por negacionismo, toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a éste”.
“Así también, se entenderá como negacionismo toda acción u omisión, que justifique, niegue o minimice, las atrocidades y el genocidio cultural de las que han sido víctima los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile”, agrega la definición.
Así, si un constituyente incurre en alguna conducta relativa al reglamento aprobado, podría ser sancionado, según las figuras identificadas en el artículo 44 del reglamento, que aún no han sido votadas.
Te puede interesar

Suspende sesión de la Cámara porque 100 diputados y diputadas no se presentaron...
Miércoles 15 de octubre de 2025

Cámara aprobó proyecto de primera ley de inteligencia artificial en Chile
Martes 14 de octubre de 2025

Encuesta Cadem: Jara sigue liderando y se distancia de José Antonio Kast
Lunes 13 de octubre de 2025