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Geriatra por Ley Jacinta: “El cáncer en sí no constituye una contraindicación absoluta ni relativa para algún acto en particular”

El proyecto propone incrementar la prevención. Esto, a través de un certificado médico para las personas mayores de 65 años al momento de solicitar la renovación de la licencia de conducir, pero también aborda eventuales restricciones a personas con cáncer.

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  • Diario Usach

  • Lunes 2 de octubre de 2023 - 13:17

Distintas opiniones ha despertado el proyecto de ley Jacinta que podría, en caso de aprobarse, modificar los requisitos para obtener licencia de conducir en los adultos mayores.

El texto señala que si una persona padece alguna enfermedad o alteración que pueda considerarse invalidante, esta deberá presentar un informe del médico tratante donde se certifique que la deficiencia está compensada y que se encuentra en condiciones de salud normal y en control periódico, lo que debe acompañar con exámenes.

En casos calificados y siempre que la deficiencia no sea grave, se podrá otorgar licencia de conductor no profesional restringida. Pero, si la persona padece cáncer en etapa II o superior o cualquier enfermedad que por su tratamiento afecte de cualquier forma la capacidad psicomotora, se denegará sin más trámite la solicitud.

Contempla además que las personas mayores de 65 años deberán anexar un certificado emitido por un médico geriatra o neurólogo, que certifique que el solicitante de la licencia tiene todas sus capacidades físicas y motoras aptas para conducir un vehículo motorizado y que no padece ninguna enfermedad cuyo tratamiento afecte de cualquier forma su capacidad psicomotora.

Para la geriatra y académica de la Facultad de Ciencias Médicas de la Usach, Adriana López, lo que el cuerpo legal debe cautelar es la redacción final del texto con el fin de que no pase a llevar los derechos humanos ni la capacidad jurídica que tienen las personas mayores, como tampoco su principio de autonomía y el concepto ético que hay detrás asociado.

Consultada si la iniciativa podría considerarse una discriminación, sostiene que “como está redactado actualmente el proyecto de ley, sí podría considerarse así por número, por edad”. Sin embargo, añade que, si uno analiza la trascendencia de lo que se quiere lograr con esta medida, podría comprenderse más bien como precautoria. “Es relevante considerar que una condición médica en sí misma no debe ser causal de cruzar la delgada línea de la discriminación”, sostiene.

La Dra. López considera asimismo que respecto a las nuevas exigencias que podrían establecerse para los mayores de 65 años, debieran ser para todos y todas quienes transportan gente o arriesgan a otras personas en la calle.

“Hay jóvenes que tienen secuelas de algunas enfermedades que no mencionan en el examen de conducir actual y que también pueden constituir ciertas condiciones de riesgo, por ejemplo porque toman ciertos medicamentos que tampoco informan”, remarca.

Con  respecto a la responsabilidad que el futuro cuerpo legal asignaría a los geriatras para entregar un informe sobre las capacidades de los adultos mayores  comenta que “todavía lamentablemente existe el hábito de que el médico tiene “la última palabra”, pero existen otros profesionales idóneos como los terapeutas ocupacionales que integran nuestro equipo multidisciplinar, para definir el grado de funcionalidad que tenga una persona y el nivel de cuidados y precauciones que deban tener para acciones como la conducción”.

Finalmente la académica de la Usach y geriatra remarcó que el cáncer en sí no constituye una contraindicación absoluta ni relativa para algún acto en particular, puesto que depende del tipo de cáncer, de qué tanto afecte la funcionalidad o la cognición de la persona.

“De hecho hay otras enfermedades tan o más graves que el cáncer que limitan mucho más la conducción. Lo que hacemos los geriatras junto al equipo multidisciplinar es evaluar la funcionalidad, la cognición dentro de una valoración integrada y en base a eso tomar una definición probablemente más adecuada”,  concluye.

 

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