El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, explicó cómo serán los cambios de la denominada "Ley Uber", la cual regulará a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que se presten a través de ellas.
Este viernes, la Contraloría General de la República publicó el reglamento. El texto posee 30 páginas y afirma que la Subsecretaría de Transportes tendrá a su cargo un registro electrónico que se subdividirá por regiones y que será de consulta pública.
En dicho registro, deberán inscribirse todas las Empresas de Aplicaciones de Transportes (EAT), conductores y vehículos, inscripción que será requisito habilitante para la prestación de los servicios.
El titular de Transportes señaló a a 24 Horas que tras nueves meses "pudimos definir de buena manera un reglamento para que esta industria tenga plazos para irse incorporando y dar garantías tanto a choferes como usuarios".
La autoridad de Gobierno planteó que con la "Ley Uber" se busca "fortalecer la defensa del usuario y conductores".
El ministro agregó que, por ejemplo, si algún chofer es acusado de delito, "ahora estarán bajo los ojos del Estado. Podremos querellarnos, por ejemplo".
Algunos de los cambios que habrá en el reglamento:
- Respecto a los vehículos, estos deben contar con cuatro ruedas y su motor, en caso de ser a combustión interna, debe contar con una cilindrada mínima de 1.4 litros o su equivalente. En el caso de eléctrico puro o híbrido, deberá contar con una potencia igual o superior a 70kw.
- Sobre el registro de choferes, los conductores tendrán un plazo de seis meses para que estén registrados en las aplicaciones.
- En el caso de las licencias de conducir, cada conductor o conductora tendrá un plazo de hasta 12 meses para tener su licencia profesional. Mientras tanto, podrán seguir usando su licencia clase B
- El instructivo establece que los autos escritos en el Registro podrán operar "hasta que tenga una antigüedad máxima de 12 años".
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