Ha vuelto a ponerse en el debate público un proyecto de ley que regula la sustitución y suspensión de penas privativas de libertad por una reclusión domiciliaria total para cierto grupo de condenados considerados vulnerables, pero bajo criterios objetivos de edad, salud o discapacidad.
La iniciativa que se aprobó en general en la Comisión de Derechos Humanos del Senado, tiene su origen en una moción de los senadores y senadoras: Francisco Chahuán, Luz Ebensperger, Luciano Cruz Coke, Alejandro Kusanovic y Carlos Kuschel.
A juicio del director del Departamento de Derecho Público, de la Facultad de Derecho de la Usach, Luis Bobadilla, este proyecto de ley sí incluiría a los condenados por violaciones a los derechos humanos, siempre y cuando cumplan con los criterios de salud que allí se indican.
El objetivo de la iniciativa es que se permita a personas privadas de libertad, enfermos graves, terminales o con discapacidad severa o de edad avanzada, cumplir lo que resta de su condena fuera de un recinto penitenciario bajo una modalidad de reclusión domiciliaria total y bajo monitoreo de Gendarmería de Chile.
De acuerdo a los términos del proyecto, los grupos beneficiados son enfermos cuyo tratamiento no puede realizarse adecuadamente en prisión; incurables en fase terminal; personas con discapacidad cuya permanencia en la cárcel implique un trato inhumano cruel o indigno y sean mayores de 80 años
En este último caso, el proyecto de ley incluye la particularidad de que la edad se calculará sumando la edad real, más los años efectivamente cumplidos en prisión, pero el piso mínimo de edad debe ser de 70 años, explicó el académico de la Universidad de Santiago, abogado Luis Bobadilla.
Respecto a si esto incluiría o no a los condenados por causas de derechos humanos como aquellos que están en el penal de Punta Peuco, el profesional remarcó que está destinado en general a toda la población penal.
Agregó que el mensaje del proyecto no hace distinción y en él hay una larga justificación a la situación de este tipo de condenados.
“Señala entre otras razones que ellos constituyen más de 2/3 de la población penal de mayor edad en Chile y que en su mayoría se encuentran gravemente enfermos o discapacitados. Además en la iniciativa se citan varios fallos de la Corte Suprema que han otorgado beneficios por razones humanitarias internas de Punta Peuco y de Colina 1”.
Además el texto del mensaje explicita que se busca reemplazar la pena de cárcel por reclusión domiciliaria total sin distinción de recintos penitenciarios.
¿CÓMO OPERARÍA LA LEY EN CASO DE APROBARSE?
Bobadilla comenta que el beneficio podría solicitarlo el afectado o sería el propio tribunal quien podría resolver la medida de oficio. Además se requieren pruebas médicas que acrediten la condición de salud que daría derecho a este privilegio.
La ley se cumpliría- a juicio del académico de la Usach- con una reclusión total en el domicilio del condenado, con un constante monitoreo por parte de gendarmería.
Asimismo, solo se autorizarían salidas para controles médicos o urgencias vitales siempre que sean informadas previamente al tribunal.
Mientras dure este beneficio sería competente el tribunal de garantías del domicilio del privado de libertad y estas medidas pueden ser siempre objeto de revisión judicial. La decisión puede ser apelable .
Para el abogado constitucional, y académico de la Facultad de Derecho de la Usach, Ricardo Sáez, el proyecto de ley dice relación con el cumplimiento de obligaciones internacionales que tiene el Estado de Chile en materia de los adultos mayores en este caso y trata de objetivizar las causales por las cuales se otorga este beneficio dado su correspondiente edad y condición médica.
“En ningún caso se trata de una especie de impunidad de quienes han cometido delitos, especialmente aquellos considerados de lesa humanidad por lo cual dado el tenor de la iniciativa no excluye su aplicación respecto a los condenados en Punta Peuco”, añade.
Sáez estima que en cierta manera y aunque suene impopular da cumplimiento a la garantía de no repetición y sanción de este tipo de conductas ; y por otro lado el pleno apego del derecho chileno en materia de respeto a los compromisos internacionales referentes a personas de la tercera edad.
Te puede interesar

Expo Inclusión 2025 refuerza su apuesta por un ecosistema inclusivo y sostenible...
Jueves 14 de agosto de 2025

Tras remodelación: Terminal Nacional del aeropuerto de Santiago comenzará a...
Jueves 14 de agosto de 2025

Municipalidad de La Florida reparte collares gratuitos con geolocalización para...
Jueves 14 de agosto de 2025