La Sala de la Cámara aprobó, con 135 votos a favor, en general y en particular, la reforma constitucional que incorpora las normas de la Ley 21.385 en el plebiscito constitucional, y que en lo esencial, busca privilegiar la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación.
La reforma aborda las normas vigentes, que no la harían aplicable en el plebiscito constitucional de carácter obligatorio. Ello, porque la Constitución establece que “al efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020”.
En ese sentido, se busca fortalecer el ejercicio de la soberanía en la participación electoral del próximo plebiscito, estableciendo una regla excepcional, donde se respeta el cumplimiento de las normas ya fijadas, pero se incorporan las que favorecen la cercanía de los locales de votación.
Los autores de la reforma recordaron que en la jornada de segunda vuelta presidencial, del 19 de diciembre de 2021, se alcanzó una votación histórica. La cifra llegó a una participación electoral del 55,91%, sufragando 8.364.534 personas.
Sin embargo, en dicho proceso electoral se advirtió la grave problemática que puede causar el transporte público en la participación ciudadana. Esto, al provocar casos de tardanza por la escasez de frecuencia en microbuses.
Ante ello, proponen contar con todos los medios que colaboren y refuercen este ejercicio de manifestación y participación ciudadana. Precisamente, la idea es garantizar esta situación en el momento culminante del proceso constituyente, que es obligatorio para quienes tengan domicilio en Chile. Se calcula que este evento podría desarrollarse entre junio y septiembre del presente año, dependiendo del trabajo de la Convención.
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